LEY MYPE PARA EL 2009
El nuevo Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) aplicable a las micro y pequeñas empresas (mypes), con la tasa única del 1.5 por ciento, no entrará en vigencia en setiembre sino recién a partir de enero del 2009, consideró la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Recordó que a mediados de julio el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indicó que el reglamento de la nueva Ley de Promoción y Formalización de la Mype estará listo en dos meses (setiembre) para su inmediata aplicación.
En consecuencia, señaló que las microempresas que opten por tributar conforme al RER hasta el 31 de diciembre del 2008 aplicarán las normas del RER vigentes, con la tasa de 1.5 por ciento para industria y comercio, y con la tasa de 2.5 por ciento en el caso de servicios empresariales, siempre que sus ventas anuales no excedan los 360 mil nuevos soles.
Desde el primero de enero del 2009 la tasa única del RER, equivalente al 1.5 por ciento de las ventas mensuales, será aplicable para todas las actividades económicas, sean éstas industriales, comerciales o de servicios, y las ventas anuales a considerar ya no serán de 360 mil sino 525 mil soles, agregó.
Asimismo, la microempresa de propiedad de persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa, también podrá acogerse al Régimen Unico Simplificado (nuevo RUS) siempre que cuente hasta con diez trabajadores y sus ventas anuales no superen los 360 mil soles, tanto en el 2008 como en el 2009.
El microempresario acogido al RUS pagará un impuesto mensual (entre 20 y 600 soles, según su categoría) y sólo podrá emitir boletas de venta, lo que le impedirá operar con las pequeñas, medianas y grandes empresas que le exigirán facturas para sustentar el gasto tributario.
“Esta limitación le impedirá a la microempresa formar parte de la cadena productiva exportadora”, puntualizó.
Además, la CCL dijo que los microempresarios que se acogen al nuevo RUS en el 2008 y a partir del 2009, ya no pagarán el Impuesto a la Renta de 30 por ciento, ni el Impuesto General a las Ventas (IGV) de 19 por ciento.
Apuntó que el pago mensual del RUS tiene efecto cancelatorio y reemplaza al Impuesto a la Renta, al IGV y al Impuesto de Promoción Municipal (IPM).
Por el contrario, el microempresario que opte por el RER en el 2008 y a partir del 2009, deberá pagar adicionalmente el 19 por ciento del IGV en el caso que los bienes y servicios que venda o preste estén afectos a este impuesto.
Desde el 2009 el acogido al RER pagará la tasa única de 1.5 por ciento que se aplicará sobre las ventas mensuales del contribuyente y estos pagos tendrán efecto cancelatorio, mencionó.Sin embargo, al concluir el ejercicio fiscal, los acogidos al nuevo RER deberán presentar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) una declaración jurada informativa, respecto de los activos del año anterior.
De otro lado, para la pequeña empresa (hasta 100 trabajadores y ventas anuales hasta 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), en el aspecto tributario no hay cambio alguno.
Deben pagar el 30 por ciento del Impuesto a la Renta más el 4.1 por ciento si distribuyen dividendos a los accionistas, más el IGV de 19 por ciento cuyas reglas no han variado; y la microempresa también podrá acogerse al régimen general.