La reciente ley aprobada por el Congreso de la República del Perú en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, establece requerimientos mínimos para los comprobantes de pago.
Esos requerimientos fueron elaborados de manera conjunta entre los congresistas, miembros de la Comisión de Economía que preside Rafael Yamashiro y el propio titular del MEF, Luis Carranza y la viceministra de Economía, Marisol Giulfo. La nueva norma establece los requerimientos mínimos para poder usar el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV). Estos detalles son:
1. Identificación del emisor y del adquiriente o usuario (Nombre, razón social y número del RUC), o del vendedor si se trata de liquidaciones de compra (Nombre y documento de identidad).
2. Identificación del comprobante de pago (Numeración, serie y fecha de emisión).
3. Descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación.
4. Monto de la operación (Precio unitario, valor de venta e importe de la operación).
Tags:
empleos