La informalidad y el minifundio son dos compuestos dañinos que atrofian cualquier progreso en el campo. Ante ello, el estudio de abogados Torres y Torres Lara ha encontrado, a pedido de la Convención Nacional del Agro Peruano (Conveagro), una salida tributaria para promover la asociación y formalidad de los productores bajo el concepto de lograr organizaciones empresariales que hagan frente a los impactos del tratado de libre comercio con EE.UU.
Los parlamentarios de distintas bancadas de la Comisión Agraria hicieron suya dicha propuesta, la cual fue presentada en noviembre como un proyecto de ley que crea el Régimen Especial del Productor Agrario (REPA). Por su parte, el Ministerio de Agricultura ha formado un equipo técnico para evaluar dicho planteamiento con la finalidad de decidir si es incluido dentro del paquete de medidas legislativas del TLC que elaborará el Poder Ejecutivo.
El planteamiento se resume así: la mejor forma de resolver gran parte de los problemas de bajos ingresos de los productores agrarios es mediante su asociación en organizaciones empresariales. Sin embargo, esta propuesta enfrenta un obstáculo concreto: los beneficios tributarios creados en favor de los campesinos no resultan aplicables a personas jurídicas cuando se comercializan los productos del campo.
"Constituir una comercializa-dora es negativo, desde un punto de vista tributario, pues, al generar una nueva persona jurídica, esta no contará --por una cuestión del volumen de los ingresos-- con los beneficios de la Ley de Promoción Agraria (tasa del Impuesto a la Renta de 15%), y tampoco podrá acogerse a los sistemas del RUS, RER y otros, diseñados para personas naturales o pequeños empresarios", explica Miguel Ángel Torres, abogado del estudio Torres y Torres Lara.
¿Cómo superar esto? El estudio determinó dos modalidades de asociación: las cooperativas de servicios y los consorcios a través de los cuales los agricultores accederían a los servicios que requieran (compra de insumos, asistencia técnica, entre otros) y venderían, así, el producto final.
Por su naturaleza, las cooperativas no generan utilidades, a diferencia de una comercializadora, que sí necesita tenerlas, según las normas de valor de mercado y de precios de transferencia. La segunda alternativa de asociación es que los productores vendan sus productos directamente al mercado mediante un contrato de colaboración empresarial que los relacione colectivamente. Es decir, que los productores se relacionen entre sí a través de un contrato sin que se cree una nueva persona jurídica y sin que pierdan los actuales beneficios tributarios.
La primera opción sería permanente, mientras que la segunda serviría temporalmente. En todo caso, los consorcios serían una primera experiencia para luego dar paso a las cooperativas.
Adicionalmente, Conveagro encomendó al estudio encontrar la mejor forma de competir con la producción estadounidense que se importará con el TLC. A cambio de ello, los agricultores ofrecen formalizarse.
El proyecto de ley plantea un régimen tributario especial para aquellos que formen tales cooperativas o consorcios, y consistiría en establecer la exoneración del Impuesto a la Renta a las primeras 50 UIT (S/.172.500 al valor actual) de ingresos, el no uso de libros contables, reconocimiento del derecho a deducir gastos o costos a las cooperativas a través de la emisión de boletas de los mismos socios por concepto de la venta de sus productos y la condonación del pago del Impuesto General a las Ventas (previa eliminación de la actual exoneración) al momento de cancelarlo al Estado.
"Si bien este régimen no permitirá una gran recaudación, sí resulta un mecanismo que le permitirá al Estado identificar al resto de la cadena productiva", dijo Torres.
Ante el interés mostrado por el Ministerio de Agricultura, comentó que en las actuales reuniones técnicas se buscaría mejorar dicha propuesta con el fin de hacerla más atractiva al Ministerio de Economía.
Además, Conveagro ha contratado a la consultora Informacción, de Fernando Cillóniz, para que elabore el estudio económico de esta propuesta de ley, el cual estaría listo en los próximos quince días. El Ministerio de Agricultura también han contratado los servicios de un estudio de abogados para evaluar este proyecto.
El grave problema del minifundio
El estudio de abogados Torres y Torres Lara resalta en su estudio que el minifundio origina que cada pequeño productor acceda a insumos y bienes más caros y que no consiga mejorar sus precios a la hora de comercializar sus productos.
Para ello, se plantea la creación de cooperativas de servicios, distintas a las cooperativas laborales desarrolladas en la década de 1970, bajo cuyo régimen todos los miembros eran propietarios de todo y a la vez de nada.
Agrega que la condonación del IGV no significará ningún impacto negativo al fisco, pues actualmente el agro ya está exonerado del pago de dicho impuesto.
Los pequeños y medianos productores ocupan más del 98% de las unidades agropecuarias que operan en el país.
Los parlamentarios de distintas bancadas de la Comisión Agraria hicieron suya dicha propuesta, la cual fue presentada en noviembre como un proyecto de ley que crea el Régimen Especial del Productor Agrario (REPA). Por su parte, el Ministerio de Agricultura ha formado un equipo técnico para evaluar dicho planteamiento con la finalidad de decidir si es incluido dentro del paquete de medidas legislativas del TLC que elaborará el Poder Ejecutivo.
El planteamiento se resume así: la mejor forma de resolver gran parte de los problemas de bajos ingresos de los productores agrarios es mediante su asociación en organizaciones empresariales. Sin embargo, esta propuesta enfrenta un obstáculo concreto: los beneficios tributarios creados en favor de los campesinos no resultan aplicables a personas jurídicas cuando se comercializan los productos del campo.
"Constituir una comercializa-dora es negativo, desde un punto de vista tributario, pues, al generar una nueva persona jurídica, esta no contará --por una cuestión del volumen de los ingresos-- con los beneficios de la Ley de Promoción Agraria (tasa del Impuesto a la Renta de 15%), y tampoco podrá acogerse a los sistemas del RUS, RER y otros, diseñados para personas naturales o pequeños empresarios", explica Miguel Ángel Torres, abogado del estudio Torres y Torres Lara.
¿Cómo superar esto? El estudio determinó dos modalidades de asociación: las cooperativas de servicios y los consorcios a través de los cuales los agricultores accederían a los servicios que requieran (compra de insumos, asistencia técnica, entre otros) y venderían, así, el producto final.
Por su naturaleza, las cooperativas no generan utilidades, a diferencia de una comercializadora, que sí necesita tenerlas, según las normas de valor de mercado y de precios de transferencia. La segunda alternativa de asociación es que los productores vendan sus productos directamente al mercado mediante un contrato de colaboración empresarial que los relacione colectivamente. Es decir, que los productores se relacionen entre sí a través de un contrato sin que se cree una nueva persona jurídica y sin que pierdan los actuales beneficios tributarios.
La primera opción sería permanente, mientras que la segunda serviría temporalmente. En todo caso, los consorcios serían una primera experiencia para luego dar paso a las cooperativas.
Adicionalmente, Conveagro encomendó al estudio encontrar la mejor forma de competir con la producción estadounidense que se importará con el TLC. A cambio de ello, los agricultores ofrecen formalizarse.
El proyecto de ley plantea un régimen tributario especial para aquellos que formen tales cooperativas o consorcios, y consistiría en establecer la exoneración del Impuesto a la Renta a las primeras 50 UIT (S/.172.500 al valor actual) de ingresos, el no uso de libros contables, reconocimiento del derecho a deducir gastos o costos a las cooperativas a través de la emisión de boletas de los mismos socios por concepto de la venta de sus productos y la condonación del pago del Impuesto General a las Ventas (previa eliminación de la actual exoneración) al momento de cancelarlo al Estado.
"Si bien este régimen no permitirá una gran recaudación, sí resulta un mecanismo que le permitirá al Estado identificar al resto de la cadena productiva", dijo Torres.
Ante el interés mostrado por el Ministerio de Agricultura, comentó que en las actuales reuniones técnicas se buscaría mejorar dicha propuesta con el fin de hacerla más atractiva al Ministerio de Economía.
Además, Conveagro ha contratado a la consultora Informacción, de Fernando Cillóniz, para que elabore el estudio económico de esta propuesta de ley, el cual estaría listo en los próximos quince días. El Ministerio de Agricultura también han contratado los servicios de un estudio de abogados para evaluar este proyecto.
El grave problema del minifundio
El estudio de abogados Torres y Torres Lara resalta en su estudio que el minifundio origina que cada pequeño productor acceda a insumos y bienes más caros y que no consiga mejorar sus precios a la hora de comercializar sus productos.
Para ello, se plantea la creación de cooperativas de servicios, distintas a las cooperativas laborales desarrolladas en la década de 1970, bajo cuyo régimen todos los miembros eran propietarios de todo y a la vez de nada.
Agrega que la condonación del IGV no significará ningún impacto negativo al fisco, pues actualmente el agro ya está exonerado del pago de dicho impuesto.
Los pequeños y medianos productores ocupan más del 98% de las unidades agropecuarias que operan en el país.
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