En Perú la discapacidad visual ya no será un impedimento para dejar de acceder a la información que existe en Internet. Una nueva ley obliga a los portales web y las cabinas públicas a incorporar opciones de acceso y herramientas a los invidentes a fin de integrarlos en la Sociedad de la Información y al mercado laboral
La ley 28530, que fue publicada el pasado miércoles 25 de mayo en el diario oficial El Peruano, indica que las entidades públicas y universidades deberán incorporar en sus espacios web opciones de acceso para que los invidentes ingresen a sus páginas. Adicionalmente, indica que las personas naturales o jurídicas privadas que prestan servicios de información al consumidor a través de portales deben incorporar opciones de acceso similares.
La norma obliga a los propietarios de cabinas Internet a adecuar sus espacios físicos y a ofrecer a los ciegos programas que permiten acceder a la Internet.
La norma obliga a los propietarios de cabinas Internet a adecuar sus espacios físicos y a ofrecer a los ciegos programas que permiten acceder a la Internet.
Se calcula que en el Perú existen más de 600 mil invidentes. La mayoría desconoce el uso de la PC por dificultades de acceso debido a que los programas que permiten que la computadora hable son elevados, aunque existen versiones gratuitas poco conocidas.
La ley indica que el Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL) en coordinación con el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y el Ministerio de Educación se encargarán de capacitar a los discapacitados en el tema, así como a los administradores de cabinas Internet.
La norma promete crear discusión en el país porque otorga un plazo de 120 días para que tanto los sitios web como los cabinas se adecuen a la ley. Precisa que el incumplimiento de las disposciones determinará multas que no podrán superar las 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT, unos 6,600 soles).
El Comercio
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